Por qué una inmobiliaria tiene que cumplir con la UIF
El artículo 20, inciso 19, de la Ley 25.246 incluye a los corredores inmobiliarios matriculados y a las sociedades de corretaje entre los sujetos obligados. La Resolución UIF 43/2024, modificada por la 56/2024, baja esa obligación a tareas concretas: identificar a los clientes, analizar sus operaciones, presentar reportes y reportar lo sospechoso. Este checklist repasa esas tareas una por una.
Lo que se presenta ante la UIF
La registración como sujeto obligado, el Reporte Sistemático Mensual (del 1 al 15 de cada mes), el Reporte Sistemático Anual (del 2 de enero al 15 de marzo), la autoevaluación de riesgos cada 2 años antes del 30 de abril, los Reportes de Operaciones Sospechosas cuando corresponde y el informe del revisor externo si superás los umbrales.
Lo que se guarda en tu archivo
El legajo de cada cliente con sus declaraciones juradas de persona expuesta políticamente y de beneficiario final, el manual de prevención y las constancias de capacitación. Todo se conserva durante 10 años.
Cómo leer el resultado
El puntaje cuenta los puntos que marcaste con sí. Los pendientes se ordenan por prioridad: primero lo que es base del sistema (registración, manual, legajos, reportes y ROS), después lo periódico y, al final, lo que depende de tu tamaño, como el revisor externo. Lo que marcaste como "no sé" aparece como a verificar.
Ordenar la información hace todo más fácil
El cumplimiento se vuelve pesado cuando los datos del cliente están repartidos entre chats, mails y carpetas. Un legajo digital por cliente y un calendario fijo con el día 15 de cada mes, el 15 de marzo y el 30 de abril resuelven la mayor parte del trabajo.
